Resumen: El 24 de agosto de 2004, la CSJN declaró la imprescriptibilidad de la acción penal por asociación ilícita para cometer crímenes de lesa humanidad. Enrique Arancibia Clavel integró la DINA exterior entre 1974 y 1978, operando en territorio argentino para perseguir, secuestrar y torturar opositores al régimen de Pinochet. La Corte fundamentó que formar parte de una organización destinada al exterminio sistemático constituye un crimen contra el derecho de gentes según el art. 118 de la Constitución Nacional.