Resumen: El 29 de junio de 2015, se confirmó el procesamiento del agente policial C.A.J. por lesionar a la víctima P. durante un altercado derivado de un incidente de tránsito privado. El imputado agredió a la víctima mientras esta se encontraba reducida con las manos en la espalda. La Alzada determinó que, aunque el agresor era policía, el hecho no constituyó un acto de servicio sino una disputa personal.